Desde el uno de junio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 (sin perjuicio de las posibles prórrogas que se puedan acordar) y en ejecución del acuerdo de 25 de mayo de 2017 del Consejo General del Poder Judicial, todas las materias relativas a las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física (entre ellas las cláusulas suelo), serán repartidas al Juzgado número 9 de Córdoba.
Es decir, a partir de ahora los juzgados de capital y resto de la provincia ya no van a conocer sobre estos asuntos, lo que ha provocado protestas de diferentes colectivos, incluido el de los abogados, por entender que se va a producir un colapso en dicho juzgado con el consiguiente retraso (si cabe más), en resolver los asuntos. Se habla de una tardanza de hasta cuatro años y de momento están entrando unas diez demandas por día, sin que a la fecha se haya dotado al juzgado designado de más medios materiales y humanos (necesarios ya de por sí en toda la administración de justicia), para atender el volumen de asuntos que le viene encima.
Gol a favor de los bancos y en contra de los ciudadanos, que ven cómo se ven perjudicados en la obtención de justicia, pues creo que no hay peor injusticia que una justicia tardía.